El aguinaldo mínimo en México es de 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre (Art. 87 de la Ley Federal del Trabajo). Con un sueldo de $ 12,000 al mes, el salario diario es $ 400 y el aguinaldo bruto de $ 6,000. Los primeros $ 3,519.30 (30 UMA en 2026) están exentos de ISR; solo el excedente paga impuesto.
¿Qué es el aguinaldo y quién tiene derecho?
El aguinaldo es una prestación anual obligatoria establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Todo trabajador subordinado tiene derecho a recibirlo, sin importar el tipo de contrato (planta, eventual, de confianza o por obra determinada), su antigüedad o si sigue o no en la empresa al final del año. Si trabajaste solo una parte del año, te corresponde la parte proporcional.
- Mínimo legal: 15 días de salario por año trabajado.
- Fecha límite de pago: antes del 20 de diciembre.
- Prestación superior: muchas empresas pagan 20, 30 o hasta 40 días; algunas dependencias públicas pagan 40 días o más.
Cómo se calcula el aguinaldo
La fórmula es sencilla y parte del salario diario, que se obtiene dividiendo el sueldo mensual entre 30:
Aguinaldo = (sueldo mensual ÷ 30) × días de aguinaldo
| Sueldo mensual | Salario diario | Aguinaldo (15 días) | Parte gravada con ISR |
|---|---|---|---|
| $ 8,000 | $ 266.67 | $ 4,000.00 | $ 480.70 |
| $ 10,000 | $ 333.33 | $ 5,000.00 | $ 1,480.70 |
| $ 12,000 | $ 400.00 | $ 6,000.00 | $ 2,480.70 |
| $ 15,000 | $ 500.00 | $ 7,500.00 | $ 3,980.70 |
| $ 20,000 | $ 666.67 | $ 10,000.00 | $ 6,480.70 |
| $ 30,000 | $ 1,000.00 | $ 15,000.00 | $ 11,480.70 |
Aguinaldo proporcional: si no trabajaste el año completo
Si entraste a trabajar durante el año, o renunciaste o te despidieron antes de diciembre, te corresponde la parte proporcional a los días trabajados:
Aguinaldo proporcional = salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados ÷ 365)
Ejemplo: entraste el 1 de julio con un sueldo de $ 12,000. Al 31 de diciembre habrás trabajado 184 días. Tu aguinaldo proporcional sería: $ 400 × 15 × (184 ÷ 365) = $ 3,024.66. Si dejas la empresa antes de fin de año, este proporcional debe incluirse en tu finiquito.
ISR del aguinaldo: cuánto te retienen en 2026
El aguinaldo está exento de ISR hasta 30 UMA (Art. 93, fracción XIV de la Ley del ISR). Con la UMA 2026 de $ 117.31, la parte exenta es de $ 3,519.30. Solo el excedente se suma a tu ingreso gravable:
- Aguinaldo de $ 3,519.30 o menos → no paga ISR (llega íntegro).
- Aguinaldo mayor → solo el excedente sobre $ 3,519.30 paga ISR según la tarifa del SAT.
La retención exacta depende de tu sueldo mensual, porque el excedente gravado se suma a tu ingreso del mes. La calculadora de arriba la estima con la tarifa mensual de ISR 2026. Si quieres ver el detalle completo de tu nómina con ISR e IMSS, usa la calculadora de nómina México.
¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?
Si el 20 de diciembre tu empresa no ha pagado el aguinaldo (o pagó menos de lo que corresponde), puedes presentar una queja ante la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), que ofrece asesoría gratuita. Tienes un año a partir del 20 de diciembre para reclamarlo. Las multas para el patrón van de 50 a 5,000 UMA.
Preguntas frecuentes
Con $ 10,000 mensuales, el salario diario es $ 333.33 y el aguinaldo mínimo (15 días) es de $ 5,000 brutos. Los primeros $ 3,519.30 están exentos de ISR; sobre los $ 1,480.70 restantes se retiene impuesto según tu tarifa, por lo que el neto queda aproximadamente entre $ 4,840 y $ 4,900.
No. El aguinaldo proporcional a los días trabajados del año es un derecho irrenunciable y debe incluirse en tu finiquito, junto con las vacaciones no disfrutadas y la prima vacacional proporcional. Esto aplica tanto si renuncias como si te despiden.
En principio no: quien factura por honorarios es un prestador de servicios independiente, no un empleado. Sin embargo, si en la práctica existe una relación laboral encubierta (horario fijo, jefe directo, herramientas de la empresa, subordinación), la ley reconoce la relación de trabajo y puedes reclamar aguinaldo y demás prestaciones ante la PROFEDET.
Con el sueldo bruto (antes de impuestos). El salario diario se obtiene dividiendo tu sueldo mensual bruto entre 30. Sobre el aguinaldo resultante se aplica después la exención de 30 UMA y la retención de ISR sobre el excedente, lo que da el neto que recibes.
El pago debe realizarse antes del 20 de diciembre de 2026. Algunas empresas lo dividen en dos partes (una en diciembre y otra en enero), pero legalmente los 15 días mínimos deben estar cubiertos antes del 20 de diciembre; pagar después es motivo de sanción.
¿Quieres saber cuánto aguinaldo te toca exactamente?