En 2026 se mantienen las bases mínimas de los tramos ordinarios de 2025, pero la cuota sube por el MEI del 0,9 %: va de 205,88 €/mes (rendimientos hasta 670 €) a 607,35 €/mes (más de 6.000 €), en 15 tramos según tus rendimientos netos reales. El tipo aplicado a estas cuotas es el 31,5 %: contingencias comunes 28,3 %, profesionales 1,3 %, cese 0,9 %, formación 0,1 % y MEI 0,9 %. La cuota reducida de alta tiene requisitos propios y el MEI se añade al importe base.
Tabla de tramos y cuotas 2026
Para esta estimación, resta ingresos y gastos de la actividad sin incluir la cuota RETA entre esos gastos. La TGSS suma la cuota al rendimiento fiscal antes de la deducción genérica de 7 % para la actividad individual o 3 % para socios que cumplan el requisito de 90 días de alta. Estas son las cuotas mínimas por tramo (con MEI del 0,9% incluido):
Si no ves todas las columnas, desliza la tabla hacia los lados.
| Rendimiento computable /mes | Cuota mensual 2026 |
|---|---|
| Hasta 670 € | 205,88 € |
| 670 € – 900 € | 226,47 € |
| Más de 900 € y menos de 1.166,70 € | 267,65 € |
| Desde 1.166,70 € hasta 1.300 € | 299,56 € |
| 1.300 € – 1.500 € | 302,65 € |
| 1.500 € – 1.700 € | 302,65 € |
| 1.700 € – 1.850 € | 360,29 € |
| 1.850 € – 2.030 € | 380,88 € |
| 2.030 € – 2.330 € | 401,47 € |
| 2.330 € – 2.760 € | 427,21 € |
| 2.760 € – 3.190 € | 452,94 € |
| 3.190 € – 3.620 € | 478,68 € |
| 3.620 € – 4.050 € | 504,41 € |
| 4.050 € – 6.000 € | 545,59 € |
| Más de 6.000 € | 607,35 € |
Tarifa plana para nuevos autónomos
La cuota reducida debe solicitarse y exige cumplir los requisitos de alta. Puede disfrutarse durante los primeros 12 meses y solicitarse una prórroga de otros 12 si los rendimientos previstos quedan por debajo del SMI anual. Si ya disfrutaste de esta reducción antes, el periodo previo sin alta exigido es de tres años. El importe base de 80 € no incluye el MEI; en 2026 la Seguridad Social informa de un total de 88,64 € al mes. Esta calculadora muestra la cuota ordinaria, no la reducida.
La regularización anual: pagar o recuperar
Cotizas durante el año según tu previsión de rendimientos (puedes cambiar de tramo cada 2 meses, hasta 6 veces al año). Al año siguiente, la Seguridad Social cruza tus rendimientos reales con Hacienda y regulariza:
- Cotizaste de menos: pagarás la diferencia de una vez (sin recargo si fue por previsión).
- Cotizaste de más: te devuelven la diferencia de oficio, en el plazo indicado en la resolución; la guía de Importass señala, con carácter general, antes del 30 de abril.
Para estimar tus rendimientos si trabajas por cuenta ajena y por cuenta propia a la vez, te puede servir también la calculadora de nómina.
Preguntas frecuentes
Depende de tus gastos. Con 2.000 € de ingresos y 300 € de gastos deducibles: rendimiento neto 1.700 €, computable 1.581 € (tras el −7%). Caes en el tramo de 1.500–1.700 € → cuota de 302,65 €/mes. Usa la calculadora con tus cifras exactas.
Para una actividad individual en estimación directa, la cuota del titular forma parte de los gastos que se reflejan en el IRPF. La TGSS vuelve a sumarla para calcular los rendimientos de cotización y después aplica la deducción genérica. En el caso de socios, el tratamiento fiscal depende de quién soporta la cuota y de cómo se remunera al socio; no debe suponerse que sea siempre un gasto de la sociedad.
Puedes cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses) a través de Import@ss para ajustarla a tu previsión. Si aciertas de menos o de más, la regularización anual lo corrige después, así que puede resultar un importe a ingresar o a devolver; revisa la notificación y los plazos.
Si el socio ha estado de alta al menos 90 días en el año, la deducción genérica es del 3 %. Importass indica que la base mínima definitiva en la regularización de 2026 es 1.424,40 €: al tipo ordinario del 31,5 %, la cuota mínima estimada es 448,69 €/mes. La base provisional elegida y las bonificaciones pueden dar un recibo distinto. La inclusión de un administrador en RETA depende de su control efectivo y funciones, no solo de su cargo.
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