En un despido injustificado, la persona trabajadora puede solicitar reinstalación o la indemnización constitucional de tres meses de salario integrado, además de las prestaciones pendientes y, cuando corresponda, prima de antigüedad. Los 20 días por año no se suman automáticamente: dependen de los supuestos de los artículos 49, 50 y 52 de la Ley Federal del Trabajo o de un acuerdo concreto. Por eso la herramienta los deja desactivados hasta que confirmes su procedencia.
Qué calcula esta herramienta
Estima tres conceptos por separado: tres meses de salario diario integrado (SDI), prima de antigüedad proporcional y, solo si marcas la casilla, 20 días por año. Supone una relación por tiempo indeterminado, 15 días de aguinaldo como mínimo, prima vacacional del 25 % y salida durante 2026. Si tienes prestaciones superiores, otro tipo de contrato o un salario integrado distinto, el resultado puede cambiar.
El finiquito no está incluido. Salarios pendientes, aguinaldo, vacaciones no disfrutadas, prima vacacional, comisiones y otros conceptos dependen de lo ya pagado o disfrutado. Calcúlalos con tus recibos y la calculadora de finiquito de México; no los sumamos sin conocer esos saldos.
Cuándo proceden los 20 días por año
La explicación pública de CONAMPROS distingue la indemnización constitucional del pago adicional de 20 días por año. Este último se vincula a supuestos como la exención del patrón de reinstalar (artículos 49 y 50) o la separación justificada por causas imputables al patrón (artículo 52). No des por hecho que corresponde en todo despido injustificado. Confirma tu caso con PROFEDET antes de marcar la casilla.
Cómo se obtiene la estimación
- Salario diario: sueldo mensual bruto ÷ 30.
- SDI aproximado: salario diario × (365 + días de aguinaldo + días anuales de vacaciones × 25 %) ÷ 365. Puede faltar otra prestación integrable.
- Tres meses: SDI × 90.
- Prima de antigüedad: salario diario, limitado a dos salarios mínimos diarios de la zona, × 12 × años de servicio. La zona general usa $630.08 como tope diario en 2026 y la Zona Libre de la Frontera Norte, $881.74.
- 20 días por año, si proceden: SDI × 20 × años de servicio.
Los salarios mínimos de 2026 son $315.04 en la zona general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte, según CONASAMI. La prima de antigüedad y su tope se explican en PROFEDET. La fracción de año se aproxima según las fechas introducidas; compara el cálculo con tus documentos laborales.
Ejemplo: $12,000 mensuales y cinco años
Con 15 días de aguinaldo, 20 días anuales de vacaciones, prima vacacional del 25 % y zona general, el SDI aproximado es $421.92. Tres meses son $37,972.60 y la prima de antigüedad $24,000: $61,972.60 antes del finiquito. Si además se acredita el derecho a 20 días por año, se añaden $42,191.78, para $104,164.38 antes del finiquito. Las cifras son ilustrativas y pueden variar unos pesos según el cómputo exacto de fechas y redondeos.
Qué hacer si te despidieron
- Conserva contrato, recibos, avisos y comunicaciones; no firmes una renuncia que no refleje tu decisión.
- Consulta cuanto antes a PROFEDET, que ofrece orientación gratuita, o al centro de conciliación competente.
- La acción por despido prescribe en dos meses, conforme al artículo 518 LFT. Otros conceptos pueden tener plazos distintos; busca asesoramiento sin esperar al último día.
Preguntas frecuentes
No. La indemnización constitucional de tres meses y los 20 días por año tienen supuestos diferentes. Los 20 días pueden proceder, por ejemplo, en casos de los artículos 49, 50 y 52 LFT. Compruébalo con PROFEDET o en tu resolución o acuerdo.
No. El aguinaldo y las vacaciones influyen en el SDI estimado, pero sus saldos pendientes forman parte del finiquito. Se calculan por separado según lo ya pagado y disfrutado.
Se limita el salario diario utilizado a dos salarios mínimos de la zona donde prestaste servicios. En 2026 son $630.08 en la zona general y $881.74 en la Zona Libre de la Frontera Norte.
La acción por despido prescribe en dos meses conforme al artículo 518 LFT. Contacta pronto con PROFEDET para revisar fechas y otros plazos de tu caso.
Estima primero la indemnización y comprueba después el finiquito pendiente.