Al terminar la relación laboral, por renuncia, vencimiento de contrato o despido, deben liquidarse las prestaciones devengadas y aún no pagadas: sueldo pendiente, aguinaldo proporcional, vacaciones adeudadas y prima vacacional. Una indemnización puede proceder según la causa de salida y se analiza por separado.
¿Qué incluye el finiquito?
Al terminar cualquier relación laboral en México, el patrón debe pagarte las partes proporcionales de las prestaciones que generaste y no habías cobrado:
| Concepto | Cómo se calcula |
|---|---|
| Sueldo pendiente | Salario diario × días trabajados no pagados |
| Aguinaldo proporcional | Salario diario × 15 días (mínimo) × días del año trabajados ÷ 365 |
| Vacaciones no disfrutadas | Salario diario × días de vacaciones pendientes |
| Prima vacacional | 25% del pago de vacaciones (mínimo legal) |
| Otras prestaciones | Fondo de ahorro, comisiones o bonos devengados, según contrato |
Ejemplo de finiquito paso a paso
Ingresaste el 1 de octubre de 2024 y renuncias el 30 de septiembre de 2026 con sueldo de $ 12,000, 10 días de sueldo sin pagar y 14 días de vacaciones devengados y aún no disfrutados ni pagados. Salario diario: $ 400. Suponemos que tampoco se ha pagado el aguinaldo proporcional de 2026.
- Sueldo pendiente: $ 400 × 10 = $ 4,000
- Aguinaldo proporcional: $ 400 × 15 × (273 ÷ 365) = $ 4,487.67
- Vacaciones pendientes: $ 400 × 14 = $ 5,600
- Prima vacacional mínima: $ 5,600 × 25 % = $ 1,400
- Total bruto estimado: $ 15,487.67, antes de impuestos y de otras prestaciones.
Introduce los días de vacaciones que realmente te deben; las fechas por sí solas no revelan cuántos días ya disfrutaste o cobraste. Si parte del aguinaldo ya se pagó, descuéntala del resultado antes de reclamarlo.
¿El finiquito paga ISR?
Puede haber partes exentas y gravadas. La LISR contempla límites de exención para aguinaldo y prima vacacional; el importe y la retención efectiva dependen de la fecha, la base fiscal y de otros ingresos del periodo. Esta calculadora presenta importes brutos y no sustituye el desglose fiscal de tu recibo de nómina.
Plazos y qué hacer si no te lo pagan
Las prestaciones adeudadas deben saldarse al terminar la relación laboral. Si no recibes el pago o el desglose, pide el cálculo por escrito y consulta a PROFEDET, que ofrece asesoría gratuita. Para reclamar prestaciones salariales suele regir el plazo de un año, pero los plazos para impugnar un despido son distintos y más breves: asesórate sin esperar. No firmes un recibo en blanco.
Preguntas frecuentes
Sí. El finiquito es independiente del motivo de salida: renuncia, despido, fin de contrato o mutuo acuerdo. Incluye tus días de sueldo pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales con su prima del 25%. Lo que no te toca al renunciar es la indemnización de 3 meses (liquidación).
Desde la reforma de «vacaciones dignas» (2023): 12 días el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto. A partir del sexto año aumentan 2 días por cada 5 años trabajados. En el finiquito se paga la parte proporcional del año de servicio en curso más los días de años anteriores que no disfrutaste.
Pide el desglose y el pago al finalizar la relación laboral. Si no te pagan, consulta pronto a PROFEDET; las prestaciones suelen reclamarse dentro de un año, pero una acción por despido puede tener otro plazo.
Los descuentos deben tener una base legal y respetar los límites aplicables: por ejemplo, retenciones fiscales o créditos autorizados. Solicita el desglose y los justificantes antes de aceptar cargos por préstamos, daños o supuestos faltantes.
¿Quieres saber cuánto te toca de finiquito?