El finiquito en España incluye siempre —renuncies o te despidan— tres conceptos: los días de salario del mes que aún no has cobrado, las vacaciones no disfrutadas (2,5 días naturales por mes trabajado) y la parte proporcional de las pagas extra si cobras en 14 pagas. La indemnización por despido es un concepto aparte que se suma solo si te despiden.
Qué incluye el finiquito (y qué no)
| Concepto | ¿Va en el finiquito? |
|---|---|
| Salario de los días trabajados del mes | ✅ Siempre |
| Vacaciones generadas y no disfrutadas | ✅ Siempre (2,5 días naturales/mes) |
| Pagas extra proporcionales | ✅ Si cobras 14 pagas (en 12 ya van prorrateadas) |
| Horas extra o comisiones pendientes | ✅ Si están devengadas |
| Indemnización por despido | ❌ Concepto aparte: solo si hay despido (calcúlala aquí) |
Ejemplo con 24.000 € brutos en 14 pagas
Sales de la empresa el 15 de septiembre con 10 días de vacaciones pendientes y la última extra cobrada en julio (2 meses de devengo de la de Navidad):
- Salario del mes: (24.000 ÷ 14) ÷ 30 × 15 días = 857,14 €
- Vacaciones: (24.000 ÷ 365) × 10 días = 657,53 €
- Extra proporcional: (24.000 ÷ 14) × 2/6 = 571,43 €
- Total finiquito: ≈ 2.086 € brutos
El finiquito tributa como salario normal (IRPF y cotizaciones). La indemnización por despido, en cambio, está exenta de IRPF hasta 180.000 €.
Plazos para cobrar y reclamar
- Cuándo se paga: lo habitual es el último día de trabajo o con la siguiente nómina. El convenio puede fijar un plazo concreto.
- Si no te lo pagan: tienes 1 año para reclamar cantidades adeudadas mediante papeleta de conciliación ante el SMAC y, si no hay acuerdo, demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Después del finiquito: recuerda solicitar el paro en los 15 días hábiles siguientes si tu salida da derecho a prestación.
Preguntas frecuentes
Sí. El finiquito corresponde siempre que termina la relación laboral, también en baja voluntaria: días del mes, vacaciones pendientes y pagas extra proporcionales. Lo que no tienes al renunciar es indemnización ni, en general, derecho a paro. Recuerda el preaviso de 15 días que suelen fijar los convenios: no darlo puede descontarte esos días del finiquito.
Sí. Las vacaciones no disfrutadas se pagan y además la empresa las cotiza a la Seguridad Social, lo que retrasa la fecha de alta en el paro: esos días cuentan como en activo. Tributan IRPF como salario normal.
Depende de cómo firmaras. Si firmaste "no conforme", puedes reclamar sin problema. Si firmaste conforme, la jurisprudencia admite reclamar cuando el documento no era claro, no desglosaba conceptos o hubo error o presión, pero es más difícil. Por eso conviene no firmar en el acto: pide llevarte el documento para revisarlo.
El concepto es similar (pagos pendientes al terminar la relación laboral) pero los componentes cambian: en México incluye aguinaldo proporcional y prima vacacional del 25%. Si trabajas allí, usa la calculadora de finiquito de México.
¿Dejas tu trabajo? Calcula lo que te deben.