Salario mínimo 2026 en México: diario y mensual

El salario mínimo 2026 en México es de $ 315.04 diarios ($ 9,582.47 al mes) en la zona general y $ 440.87 diarios ($ 13,409.80 al mes) en la Zona Libre de la Frontera Norte. Subió un 13% en la zona general (un 5% en la frontera), vigente desde el 1 de enero de 2026.

Salario mínimo 2026: tabla oficial

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ZonaDiario 2026Mensual aprox.Diario 2025Aumento
General (resto del país)$ 315.04$ 9,582.47$ 278.80+13%
Zona Libre Frontera Norte$ 440.87$ 13,409.80$ 419.88+5%

La Zona Libre de la Frontera Norte abarca 43 municipios fronterizos de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas. Los salarios mínimos profesionales (61 oficios) subieron en el mismo porcentaje que el general de su zona.

Cuánto queda en la bolsa: neto y prestaciones

Si en el mes percibes únicamente el salario mínimo general, el artículo 96 de la Ley del ISR establece que no se efectúa retención. Si percibes como cuota diaria el salario mínimo, el artículo 36 de la Ley del Seguro Social obliga al patrón a cubrir íntegramente la cuota del trabajador. Otros ingresos, prestaciones o circunstancias pueden cambiar el recibo; no confundas esta regla con una exención general de todo impuesto. Sobre el salario mínimo se construyen también tus prestaciones:

💡 No confundas salario mínimo con UMA. Las multas, topes de crédito y exenciones fiscales se calculan con la UMA 2026 ($ 117.31 diarios), no con el salario mínimo. Son referencias distintas desde 2016.

Preguntas frecuentes

$ 9,582.47 al mes en la zona general ($ 315.04 × 30.4167 días promedio) y $ 13,409.80 en la frontera norte. Algunas empresas lo expresan como $ 9,451.20 (× 30 días exactos); la STPS expresa una referencia mensual usando 30.4167 días promedio. El importe de una nómina concreta depende de los días pagados.

Si en el mes solo percibes un salario mínimo general, no se efectúa retención de ISR (artículo 96 de la Ley del ISR). Si tu cuota diaria es exactamente el salario mínimo, el patrón paga íntegramente la cuota obrera de IMSS (artículo 36 de la Ley del Seguro Social). Comprueba otros conceptos de tu recibo por separado.

Desde el 1 de enero de 2026, aprobado por la CONASAMI en diciembre de 2025. Si tu patrón no lo aplicó, puedes reclamar ante la PROFEDET (asesoría gratuita).

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